Algunos problemas de salud pueden ser un inconveniente para contratar un seguro médico o de vida, por ejemplo. Esto se debe a que las aseguradoras asumen un mayor riesgo en el momento en el que un asegurado ha sido diagnosticado con una enfermedad grave o ha sufrido una recaída tras haberla superado. Para los pacientes con cáncer esto ha cambiado recientemente gracias al derecho al olvido oncológico.

El derecho al olvido oncológico ayuda a que los pacientes que han tenido cáncer puedan acceder, sin ningún tipo de problemas, a alguno de los productos ya mencionados. Por eso, en el año 2023, se cambió la legislación para eliminar esta discriminación

Legislación sobre el derecho al olvido oncológico

El Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio recoge el derecho al olvido oncológico en su artículo 209. En él se deja claro que un paciente que haya padecido un cáncer no deberá sufrir discriminación cuando desee contratar un seguro, por ejemplo. Pues, algunas pólizas de salud no admiten que los contratantes tengan enfermedades crónicas o graves, como puede ser el caso de la fibromialgia, por los riesgos que asume la compañía.

Incluso, aunque el asegurado haya superado exitosamente su cáncer, la aseguradora puede tener alguna cláusula en la que esto sea un inconveniente para poder contratar un producto, dado que esta enfermedad siempre puede volver. Pero, en la actualidad, esto ya no se contempla y los pacientes que hayan tenido un cáncer podrán contratar los productos que deseen sin que la enfermedad que han padecido les condicione. 

Cada año se diagnostican nuevos casos de cáncer y los tumores más prevalentes son los de mama, colon, próstata y pulmón. Por lo tanto, dada la presencia que esta enfermedad tiene en la población, resulta crucial eliminar la discriminación que los pacientes que hayan pasado por un cáncer sufran y, así, dejen de encontrarse con barreras.

¿A quién beneficia el derecho al olvido oncológico?

El derecho al olvido oncológico beneficia a todas aquellas personas que han sufrido un cáncer, pero que ya lo han superado. Pero, esto les seguía suponiendo un problema a la hora de contratar un seguro de salud o de vida. No obstante, el Real Decreto-Ley especifica que el tomador del seguro no tendrá que declarar si ha padecido un cáncer, ni informar sobre ello, tras 5 años después de haber finalizado el tratamiento y sin recaídas.

Esta también es una forma de garantizar la privacidad de cada persona sin necesidad de que esta deba comunicar que ha pasado por un cáncer para poder acceder a la contratación de un seguro. Una forma de asegurar la no discriminación para que su enfermedad no se convierta en su seña de identidad ni tampoco limite su vida.

¿Cómo se hace el trámite de derecho al olvido oncológico?

Las personas que han pasado por un cáncer pueden solicitar la supresión de los datos sobre su salud en entidades financieras o aseguradoras para poder acogerse al derecho al olvido. Esto se hará hablando directamente con la entidad o enviando un documento con la solicitud pertinente. En apenas unos días deberá efectuarse este trámite.

El derecho al olvido oncológico impide que se tenga en cuenta esta enfermedad para poder acceder a un seguro de salud o de vida, incluso a un crédito. Por lo tanto, esta circunstancia ya no podrá ser una traba para la contratación de estos productos.

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